Artículo
de opinión de las funciones del estado
Es
responsabilidad del estado, el estado no cumple su función, que el estado se ocupe...Habrás
escuchado frases similares más de una vez .es cierto que el estado está presente de muchas maneras en
nuestra vida cotidiana pero ¿qué funciones tiene?
El
estado tiene como fin el cumplimiento de diversas funciones por ejemplo salud,
educación, justicia, seguridad entre otras. Preocuparse por la seguridad de todos nosotros es una obligación
del estado se deben tomar las medidas para ejercer con absoluta plenitud y
responsabilidad la defensa y el cuidado
de la gente es decir del cuidado de a pie.
Redistribución
del ingreso: El estado recauda rentas o fondos a través de los impuestos, las
tasas y los tributos. Invierte estas recaudaciones por lo tanto tienen derecho
a conocer el manejo de los bienes estatales.
Administración
de los recursos: los ciudadanos son los que sostienen los recursos del estado atreves
de las contribuciones por lo tanto tienen derechos a conocer el manejo de los
bienes estatales.
Búsqueda
del bien común. La brusquedad del bien común en una función ética del estado.
El bien común hace referencia a todo
aquello que contribuye a fortalecer la dimensión trascedente de la persona.
El
estado que no cumple sus funciones viola los derechos humanos: los estados están
obligados a respetar, cumplir y garantizar los derechos humanos .pero también
pueden violarlos de forma directa o indirecta.
Estado
y sociedad civil: contiene todas las actividades,
asociaciones y organizaciones que las personas emprendan voluntariamente en la
sociedad por ejemplo asociaciones de productores,
organizaciones no gubernamentales, campesinas, etc.
En
la última semana se ha suscitado un conflicto de competencias entre dos Poderes
del Estado; El Ejecutivo y El Judicial. El Poder Ejecutivo representado
por el Ministerio de justicia (a su vez representado por su Procurador Público)
presenta ante el Tribunal Constitucional del Perú una demanda por Conflicto de
Competencias contra el Poder Judicial, alegando que este último se ha
excedido en sus competencias, al haber emitido una resolución administrativa y
al haberse emitido también una resolución judicial que vulneraría la
competencia del Poder Ejecutivo (Ministerio de Economía).
Para
poder entender a plenitud esta controversia jurídica es preciso recordar
ciertos detalles respecto al Proceso Compentencial.La ley Orgánica del
Poder Judicial, en su capítulo II(respecto a los derechos de los Magistrados)
señala en su artículo 186° numeral 5), se establece la nivelación de los
haberes de los magistrados de primera nominación, magistrados especializados y
Vocales Superiores en relación a los haberes de los Vocales
Supremos. Es decir, un Juez de Paz Letrado debería percibir el 70% del haber de
un Vocal Supremo, un Juez Especializado o Mixto debería percibir el 80% y un
Vocal Superior debería percibir el 90% del total del haber del un Vocal
Supremo. Respecto al inciso c), la Ley orgánica establece que los Magistrados
titulares perciben 16 haberes mensuales al año. Luego de un tiempo de no
haberse cumplido con lo señalado en la propia Ley Orgánica, un gremio de jueces
interpuso una demanda de cumplimiento contra el Poder Judicial en busca que se
cumpla con el pago señalado en la ley orgánica. El proceso de cumplimiento
(Expediente N° 6582-2009) iniciado por el gremio de magistrados concluyó
con una sentencia favorable, ordenándose al Quinto Juzgado Especializado
Constitucional de Lima llevar a cabo la ejecución de la sentencia, en
consecuencia, el Juzgado(Mediante Res. N° 43) cumplió con requerir al Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial el cumplimiento de la sentencia(en otras palabras
el pago de lo adeudado).
En
fiel al cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Constitucional, se aprobó
mediante acuerdo 1052-2012 la Resolución Administrativa N° 235-2012 que
resuelve nivelar las remuneraciones de los magistrados en mención, y además se
requiere al Ministerio de Economía y Finanzas para que proceda a asignar y
transferir los recursos adicionales del Tesoro Público para el cumplimiento
efectivo de las escalas remunerativas fijadas en dicha Resolución
Administrativa.
Es
así, que el Poder Ejecutivo, ha encargado al titular de Justicia presentar una
demanda de conflicto de competencias, alegando que el Poder Judicial se habría
excedido de sus atribuciones al emitir la Resolución Administrativa 235-2012 y
al haberse requerido al Ministerio de Economía y Finanzas el pago de los
resuelto en la sentencia.
No
obstante ello, y la cereza del pastel, el mismo Poder Ejecutivo ha solicitado
una medida Cautelar, teniendo como pretensión principal, se deje sine efecto lo
resuelto en un Proceso de Cumplimiento(Mediante un Proceso Competencial) y se
deje sin efecto la Resolución Administrativa emitida por el Poder Judicial. Al
día de hoy, El Tribunal Constitucional, ha concedido la Medida Cautelar,
dejando sin efecto una resolución que tiene la calidad de Cosa juzgada, lo cual
crea un precedente peligroso en adelante cuando se quiera cuestionar una
resolución judicial.
Hay
tres poderes del estado:
El
poder ejecutivo es el responsable de la gestión diaria del estado
El
poder legislativo radica en la facultad de desarrollar y modificar las leyes
El
poder judicial es un poder del estado encargado de impartir justicia
Las
funciones del estado son similares en los diferentes países ante tan preocupante situación es imprescindible
que se actué y se lleven adelante acciones apropiadas para intentar solucionar
una situación una persona asume como ciudadano responsable el compromiso de
velar por la gestión y el funcionamiento del estado.
¿Consideras
correcto que los jueces asistan al congreso para dar explicaciones de sus
sentencias?
El
congreso tiene derecho de investigar cualquier tema, sin embargo, los jueces no
pueden ser citados a dar explicaciones sobre los fallos que han dictado. Quien
exija una aclaración o explicación a cualquier juez está cometiendo un acto
inconstitucional.
¿Cómo
resolver el conflicto surgido entre el poder legislativo o judicial?
La
nación peruana (peruanos) jurídicamente organizada, es la entidad que ejerce el
gobierno en la república del Perú, su estructura del estado está definida en la
constitución política del Perú. El Perú es democrático, social, independiente y
soberano, su gobierno es unitario, representativo y descentralizado y se
organiza según el principio de la separación de poderes. Según la constitución
política del Perú, el estado peruano se encuentra organizado en tres poderes
autónomos" ejecutivo, legislativo y judicial, cada uno tiene una
organización y atribuciones específicas. Lo considero correcto porque los
jueces están organizados por el poder judicial y cada poder son
autónomos e independientes los cuales han sido establecido de acuerdo a la
constitución de cada uno tiene una organización y atribuciones especificas pero
están integrados en un estado único, los jueces deben solucionar los problemas
del ciudadano en su organización y dar solución a sus problemas según el grado
de la que se encuentra. Pará resolver conflictos en cada poderes deben
solucionarlos con la organización de cada poder. El poder legislativo"
Está conformado por el 'congreso, los congresistas son elegidos de acuerdo a la
cantidad de votos y funciona con el congreso de la república conformada por una
sola cámara, con miembros congresistas, elegidos por sufragio directo. El poder
legislativo de leyes y soluciones, vela por el respeto de la constitución y de
las leyes, aprueba los tratados, el presupuesto y la cuenta general, autoriza préstamos.
Ejerce el derecho de amnistía, autorizar al presidente de la república para
salir del país, el poder legislativo vela por los intereses del pueblo,
trata de dar soluciona todos los problemas por el bien del pueblo
peruano, cada poder debe resolver los conflictos que se presentan en su momento.
El poder judicial" Es administrar justicia a través de sus órganos
jurisdiccionales, con arreglo a la constitución y a las leyes, garantizando la
seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional, para contribuir
al estado de derecho, al mantenimiento de la paz social y el
desarrollo nacional. Cada poder tiene una organización bien establecida donde
pueden contribuir a solucionar todos los problemas que se presentan, el poder
judicial está encabezado por la corte suprema de la república, el segundo nivel
jerárquico lo forma las cortes superiores, el tercer nivel está formado por los
juzgados de primera instancia, finalmente se encuentra el juzgado de
paz. Todo está organizado para administrar justicia, en su ejercicio
funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico,
disciplinario e independiente este en lo jurisdiccional. El poder judicial
está de acuerdo a la constitución y las leyes, está
encargada de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos
que son los juzgados de paz no letrados, los juzgados de paz letrados, las
cortes superiores y la corte suprema de justicia de la república.
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