martes, 11 de diciembre de 2018


EL ESTADO CUMPLE CON SUS FUNCIONES
“El estado cumple con sus funciones “abran escuchado esta frase o alguno similar, pero que funciones tiene y cuales son: educación, justicia seguridad, salud y muchos más, pero los cumple, veamos con la educación el estado se preocupa solo por los partes de las ciudades más importantes pero que ay de los lugares más alejados se “preocuparan de ellos´´ ello sesta   excluidos “porque” lo que dice el estado “no hay presupuesto”
La salud; la más importante de ella sabemos que sí, pero todos, no, ellos solo miran a las personas que solo están en la ciudad, pero todos vemos la gente a todos de la sierra y selva. Muriendo de frio y de hambre perlas heladas y cuál es la excusa que no hay presupuesto.
La gran pregunta ¿A dónde va el dinero de los presupuestos? Sabemos todo el dinero tiene que ir a: salud, educación, seguridad, justicia. Pero el dinero se invierte en hay. No solo entra una cierta calidad y el resto al bolsillo de los congresistas, pero “estado que no cumple con sus funciones viola los derechos humanos, el estado está obligado a cumplir sus funciones y garantizar los derechos humanos.
Explíquenos los poderes del estado:
-EL PODER EJECUTIVO: gestión diaria del estado.
-EL PODER LEGISLATIVO: radica en la facultad de desarrollo y modifica las leyes.
-EL PODER JUDICIAL: importan justicia en una sociedad.
El titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional, Richard Concepción Carhuancho, dictó 36 meses de prisión preventiva para Vicente Silva Checa investigado en el marco del caso cócteles de Fuerza Popular.
En el esquema que sustenta el fiscal José Domingo Pérez Gómez, Silva Checa tiene un rol protagónico en la organización liderada por Keiko Fujimori, es uno de los hombres del círculo cerrado o núcleo duro de la liderase, y como tal, de acuerdo al fiscal participó en los actos de lavado de los fondos recibidos de la empresa Odebrecht para la campaña electoral del año 2011.
Según el fiscal Pérez Gómez, Vicente Silva Checa, habría realizado actos de ocultamiento de dinero, materializándose en asesorías dadas al partido Fuerza 2011, al haber actuado como asesor.
Por el contrario, Silva Checa y su defensa legal han desmentido la premisa de la Fiscal y no han aceptado la figura de asesoría en temas de lavado, ni asesoría de ningún tipo. Se desmarcan de todo vínculo formal con Fuerza Popular y hasta con Keiko Fujimori.
¿CONSIDERAS CORRECTO QUE LOS JUECES ASISTAN AL CONGRESO PARA DAR ECPLICACINES DE SUS SENTENCIAS? ¿POR QUE?
Los jueces no deben acudir al congreso a dar explicaciones sobre sus sentencias en algunas situaciones los jueces tienen que acudir al congreso para dar explicaciones de las sentencias a congresistas o partidos
¿Cómo RESOLVER EL CONFLICTO SURGIDO EN EL PODER LEGISLATIVO Y EL JUDICIAL?
Cada poder tiene sus respectivas funciones y obligaciones que no pueden en ningún momento interferir con las funciones de los otros poderes por lo tanto el poder legislativo no debe meterse con los asuntos del poder judicial
Que todo parece indicar que es necesario y urgente buscar solución sobre los conflicto del poder legislativo y judicial local nos traerá muchos problemas en el congreso y en el país ,entendiendo por ellas las posibilidades de contar con un gobierno efectivo ,que pueda llevar adecuadamente sus funciones ,que sin duda es necesario e importante  debe situarse el diseño democrático del país lo cual supone re-dibujar las relaciones Asia dentro del poder , pero también asía afuera  entre los órganos públicos y los ciudadanos y con una mejor y más sólida democracia.

jueves, 29 de noviembre de 2018


Articulo de opinión sobre las funciones del estado
Son mecanismo jurídicos procesales de la protección de los derechos fundamentales de la persona reconocida en la constitución,  a asimismo garantizan  la coherencia  del ordenamiento normativo  constitucional , tiene por finalidad  proteger los derechos constitucionales, respondiendo las cosas  al estado anterior a la violación o amenaza  de violación  de un  derecho constitucional, o disponiendo al cumplimiento  de un mandato legal o de acto administrativo.  Habeas corpus, la Acción de Amparo, la Acción de Habías Data, Acción de Cumplimiento, Acción de Constitucionalidad, Acción popular.  La acción  de habeas corpus  es una garantía constitucional que procede contra el hecho u omisión  por parte  de cualquier  autoridad,  funcionario o persona  que vulnera amenaza la libertad individual  o los derechos constitucionales conexos a ella. Esta acción se ejerce con el objeto de reponer las cosas al estado anterior  a la violación o amenaza de violación de la libertad individual, El amparo procede  en defensa  de los siguientes derechos  como son de igual y de no ser discriminado por razón  de origen, sexo, raza, orientación sexual,  religión, opinión, condición económica, social, idioma, o de cualquier  otra índole, este artículo es correlato del articulo 2.2 en el que se establece  que  toda persona  tiene derecho a la igualdad  ante la ley.  La acción de habeas data es una garantía constitucional  que procede contra el hecho u omisión, por parte  de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza el derecho a solicitar y recibir, sin expresión de causa, la información  que se requiera  de cualquier  entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido; derecho contemplado en el inc. 5) de art. 2 de la constitución y exceptuándose las informaciones que afecten la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley  o por razones de seguridad nacional.  Acción de cumplimiento, es una garantía constitucional  que procede contra cualquier  autoridad o funcionario renuente  a acatar  una norma legal  o un acto administrativo, ya que en el fondo  lo que protege esta acción  es el derecho  genérico a la vigencia del orden jurídico, el mismo  que siempre  ha de ir  acompañado de un derecho especifico cuya inobservancia es la que se reclama. Acción de inconstitucionalidad es la garantía constitucional que procede  imponerla  contra las normas  que tiene rango del el poder legislativo  elaborado y modifica  las existentes de acuerdo con la opinión de  los ciudadanos. su función específica es la aprobación de las leyes . el poder judicial es aquel poder del estado que, de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado  de administrar justicia en la sociedad,  mediante  la aplicación de las normas  jurídicas en la resolución de conflictos.  Bajo esta separación  de poderes, nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos  están igualmente  sometidos al imperio dela ley. El poder judicial debe ser independiente para poder someter a los restantes poderes, en especial al ejecutivo, cuando estos  contravengan  el ordenamiento si la decisión de legalizar a un partido político o decidir quién  entra o sale de la cárcel  fuera potestad  de un gobierno, que por lo visto es lo que pretende el PP.  Se podrían dar por finiquitados el estado de derecho, la democracia y por tanto las libertades. Por lo visto en el PP están por circular “políticamente” por esa vía. En el primero de los casos  se pide por parte  del PP que el gobierno no legalice a estos dos partidos cuando lo único que puede hacer el ejecutivo  es ordenar a la fiscaliza  del estado que impugne, cosa que ya ha hecho, ante la justicia la presentación de esa solicitud de legalización por parte de los dos partidos antes citados, y que sea el poder judicial quien interpretando las leyes dictamine si procede o no legalizarlos, las funciones del estado se dividieran entre distintos poderes(legislativo, ejecutivo y judicial) para que mediante unos arreglos de las características él se autocontrol, a fin de evitar la tiranía.

¿Consideras correcto que los jueces asistan al congreso para dar explicaciones de sus sentencias?¿por que?
Si, en concreto señalo que los jueces deberían  explicar, ante la comisión parlamentaria que preside, el sentido  de sus daciones judiciales que, en opinión del legislador, favorecieron  los  actos de corrupción  que son imputados a Cesar Alvares,  el ex presidente  de la región Ancash, hoy en prisión.  La reacción  del presidente del poder judicial, Enrique  Mendoza, no se hizo  esperar. “el congreso  tiene derecho de investigar cualquier tema, sin embargo, los jueces no pueden ser citados a dar explicaciones sobre los fallos que han dictado. El inciso 2  del artículo 139 de la constitución  prevé el denominado principio de independencia en el ejercicio dela función jurisdiccionales. En dicho precepto se reconoce que “ninguna autoridad  puede avocarse a  causa pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones “. Y anqué el mismo apartado reconoce que estas disposiciones  no afectan  la facultad  de investigación  del congreso, sin embargo, igualmente  se precisa que el control  parlamentario  no debe “interferir en el procedimiento  jurisdiccional ni surte efecto jurisdiccional alguno”. Ya el tribunal constitucional ha explicado y detallado en reiterada jurisprudencia, el contenido del principio de independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional.
¿Cómo  resolver  el conflicto surgido el poder legislativo y judicial?
En la estructura de cualquier república  debe existir una división y ejecutivo, cada poder tienes sus respectivas funciones  y obligaciones  que no pueden en ningún interferir con las funciones de los otros poderes. La constitución de cada país debe tener mecanismos que sirvan para resolver posibles disputas entre poderes, con el apoyo del resto de los poderes, todo acto ha de estar regulado por la ley y sus disposiciones; mientras  la misma  sea cumplida de forma  correcta no deberían surgir conflictos, ese es el pilar fundamental de la república.




DELIA QUINO TAMAYO  DE CUARTO "B"

jueves, 22 de noviembre de 2018


LOS PODERES DEL ESTADO

Los poderes del Estado tienen la obligación de defender al pueblo"  en el equilibrio y control mutuo" de los poderes públicos, no en la independencia entre los mismos.
¿Deben existir poderes independientes en una democracia? Desde mi punto de vista, ningún poder público debe estar pendiente de los controles necesarios que limiten su tendencia a constituirse en poder predominante a costa de los demás. Los controles deben. Ser mutuos.
 La complejidad de la cuestión se incrementa en las sociedades modernas, en las que no podemos reducir el sistema democrático a la existencia de los tres poderes clásicos sin incurrir en el riesgo de efectuar un análisis reduccionista de la realidad.
  La crisis por la que atraviesan estas instituciones debe merecer una pronta reacción de ellas mismas, para garantizar el ejercicio de nuestras libertades, el respeto de los derechos fundamentales y un equilibrio de poderes que debe asegurar la independencia de cada uno, para que ninguno invada las esferas y atribuciones que correspondan a otro.
Se deben tomar acciones inmediatas y   empezar  a enmendar los errores, comenzando por el combate de La delincuencia y la corrupción que es una tendencia de crecimiento del problema   en los últimos años la corrupción es un problema que, en los últimos años, ha venido aquejando con más fuerza al Perú. Presidentes, gobernadores regionales, ministros y funcionarios de los últimos tres gobiernos han sido implicados en uno de los mayores casos de corrupción: Odebrecht, empresa brasilera que pagó sobornos a autoridades de doce países, incluido Perú, para asegurar concesiones públicas de proyectos y leyes favorables para sus operaciones.  Son los mayores desafíos que enfrentan el Perú, la inseguridad ciudadana,  el  comportamiento general de la economía del país  para disminuir la pobreza en  buen porcentaje.
Tendría que haber un  impulso que se tendrá que dar a la acción que le corresponde emprender a los tres principales órganos del Estado, lo que incluye, entre otros, enfrentar el descrédito de muchos gobiernos regionales que están poniendo en riesgo el esfuerzo descentralizador de los últimos años. En la relación entre el Poder Ejecutivo y los gobiernos regionales tiene que existir un organismo  mejor  con poderes suficientes para articular una relación de complementariedad que actualmente no se está dando.
Igualmente, se deben emprender algunas reformas constitucionales que siguen esperando su turno ante la falta de decisión del Congreso, mientras que el Poder Judicial, por supuesto, debe priorizar una justicia predecible y pronta, que los justiciables reclaman
Nuestro país precisa un debate serio y honesto sobre la justicia, alejado de los oportunismos al uso y de la instrumentalización política de cualquier investigación judicial en curso. Un debate cuyo objeto no puede ser otro que el de fortalecer nuestro Estado de derecho, tan invocado como maltratado.
 Isabel

martes, 20 de noviembre de 2018



NIVELACION POLÍTICA

A lo largo de la historia, La democracia en el mundo se ha ido perfeccionando, tanto en sus formas y mecanismos de gobernabilidad, con el fin de garantizar estabilidad por medio de elecciones libres y soberanas. Actualmente, en el Perú Este sistema ha establecido que exista un equilibrio de poderes y asegure que cada uno cumpla sus funciones de manera puntual y sin excederse, de tal forma que uno no suprime a otro y al mismo tiempo se vigilen conforme a las normas constitucionales. Opino que el buen equilibrio de los poderes del estado puede evitar muchos conflictos y garantizar un estado de paz mutua.


Pero, nada es perfecto, mas que todo en el caso de equilibrio de poderes, ya que hoy en día se están generando discordias  en los poderes del estado, ya que el poder legislativo quiere inmiscuirse e investigar la razón de las sentencias del poder judicial, pero esto no se puede hacer , es inconstitucional, una de las posibles soluciones  seria que, a nivel constitucional, los poderes del estado  que prohíba que los poderes del estado se inmiscuyan en un cargo que no les corresponde, que hagan su trabajo, pero Si deseamos la regeneración y autonomía de los poderes del Estado, habrá que regenerar también al "Superpoder" económico, impidiéndole que maneje y utilice en su propio interés la política, la justicia, las leyes, los medios de información e incluso, que deje de dominar la economía del país.


 en la constitución  política del Perú,  dicta que  los poderes del estado gozan de autonomía absoluta y que no pueden ser vulnerado de ninguna forma , así que si el poder legislativo quiere  entrometerse , eso sería inconstitucional, por ejemplo, podemos  mencionar el caso de la famosa política peruana Keiko Fujimori, que por el poder que el estado le otorga al juez l magistrado peruano Richard Concepción Carhuancho, la sentencio a  36 meses de prisión preventiva , El poder legislativo , al saber esto, quiso saber la razón de la sentencia y modo a que el Juez declarara su razón, pero de acuerdo a la constitución política , esta acción de petición es inconstitucional así que el juez no está en la obligación de declarar


En conclusión, si logramos que la constitución imponga una ley que garantice el equilibrio de poderes, no se generaran conflictos y malos entendidos, pero debemos ponernos a pensar que debe haber un poder superior que les impida que manejen y utilicen las leyes, la justicia y la constitución para su propio interés o en caso extremo en nuestra contra.



Conflicto de Poderes


CONFLICTO ENTRE  LOS PODERES DEL ESTADO

En los últimos meses se ha visto una gran problemática que ha surgido entre el poder judicial y el legislativo. Los jueces no deben de dar ninguna explicación a los congresistas el porqué de sus sentencias porque ambos poderes son autónomos.

Es sabido que este conflicto entre poderes se está empeorando. Según la constitución política del Perú Capitulo VIII – artículo 139 “la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional, ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones”. Hace poco el poder judicial ordeno la detención y encarcelamiento del ex presidente Alberto Fujimori al a verse revocado su indulto. Días de seguidos el congreso aprobó la denominada “Ley Fujimori” que dice que las personas mayores de 65 años de edad pueden salir en arresto domiciliario. Que sucede aquí, un poder le está contradiciendo al otro, el legislativo quiere darle la contra al judicial por interés privados o particulares cuando la practica legislativa debe darse en interés de la población en general” deberían ambos trabajar de la mano, estos problemas solo traen una crisis social que hace preguntar al ciudadano de a pie “en qué país vivimos”.

Pensemos detenidamente en que va a pasar si esto no se soluciona, los problemas empeoran y no sabemos hasta donde llegara, lo mejor que se puede hacer estos ambos poderes es que levanten la bandera blanca y lleven la fiesta en paz, llevándose a cabo un mutuo respeto entre ambos, sin interferencias ni críticas, parece simple, pero es la mejor ruta, darse cuenta que los dos son poderes muy importantes, el legislativo debe de ocuparse de sus funciones y el judicial de igual manera.

El respeto es la base de todo, si ambos poderes lo practican no habrá problemas en el despeñamiento de sus funciones, y evitaremos pasar de nuevo por estas situaciones, cada uno trabajando en su rubro contribuirán a mejorar a un país y sobretodo brindándole al  ciudadano una mejor calidad de vida.



 EL ESTADO PERUANO 
   

El estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social soberana. Esta formada por un conjunto  de instituciones que tiene el poder de regular la vida sobre sobre un territorio determinado. El desempeño de los tres poderes del Estado que se sustenta  el sistema democrático ha perdido notoriamente e respaldo popular porque muchas personas se preguntan que es lo que esta pasando con el congreso pero la pregunta que mas me llamo la atención fue ¿Consideras correcto que los jueces acudan al congreso a explicar el porque de sus sentencias? y ¿Cómo se puede resolver el conflicto entre el poder judicial y el poder legislativo?.

Para empezar y  responder alas interrogantes  los jueces no están obligados a dar explicaciones respecto a la naturaleza que los fallos que emiten, dijo el Presidente del Poder Judicial  Víctor Ticona  durante su representación a la Comisión de Justicia y derechos humanos del Congreso. "La Constitución  establece la independencia  jurisdiccional  de los magistrados, lo que los salvaguarda  de tener que dar cuenta de sus fallos ante otros poderes del Estado "también no tiene porque seguir instrucciones  u ordenes por parte del Presidente del poder Judicial, a diferencia de lo que ocurre en otros poderes del estado, donde el titular de estos pueden direccionar y dar lineamientos.


Un claro ejemplo de esto seria que el juez de investigación Richard Concepción Carhuanancho considero  que los presuntos aportes de Odebrecht ala campaña del 2011 de la lideresa de Fuerza Popular Keiko Fujimori, no fueron gratuitos si a cambio de asegurar favores políticos y por eso el poder Legislativo le piden que rindan cuentas   de porqué tomo esta decisión.
  
Y para responder a la siguiente pregunta  la Constitución de cada país  deben de tener mecanismos que sirvan para resolver posibles disputas entre estos poderes, todo acto ha de estar por la ley y sus disposiciones; mientras  la misma sea cumplida de forma correcta no deberían surgir conflictos, ese es el pilar fundamental de la republica .

En conclusión cada poder del estado es libre y totalmente autónomo para cumplir sus obligaciones sin ser interrumpidas por otros poderes ya que así lo dicta la Constitución Política  


                                                                                                                               Bryan 


 

lunes, 19 de noviembre de 2018

CONFLICTO ENTRE PODERES DEL ESTADO PERUANO LEGISLATIVO-JUDICIAL En este artículo de opinión hablaré sobre los conflictos en el poder legislativo y el poder judicial y de algunas posibles soluciones para resolver este problema, como en que se disuelva el congreso y se llame elecciones para uno nuevo. Los jueces no deberían asistir al Congreso para dar explicaciones sobre sus sentencias. Según el presidente del Poder judicial, “El Congreso tiene derecho de investigar cualquier tema, sin embargo los jueces no pueden ser citados a dar explicaciones sobre los fallos que han dictado, quien exija una aclaración o explicación a cualquier juez esta cometiendo un acto inconstitucional”. Hay varias posibles soluciones a esta guerra de poderes una es la negación de la confianza los Consejos de ministros y como consecuencia el Presidente de la República disuelva al Congreso y llame a elecciones de un nuevo Congreso para que el pueblo con su voto resuelva el enfrentamiento. En conclusión, yo creo que para terminar este enfrentamiento entre los poderes del estado, el Presidente de la República, Martín Vizcarra, debería disolver el congreso y que se haga uno nuevo con el voto del pueblo, de esta manera desaparecería la corrupción, y los conflictos, así habrá un cambio y mejora para nuestro país. Jessica Lizbeth Ramos Huarache

Artículo de opinión de las funciones del estado
Es responsabilidad del estado, el estado no cumple su función, que el estado se ocupe...Habrás escuchado frases similares más de una vez .es cierto que  el estado está presente de muchas maneras en nuestra vida cotidiana pero ¿qué funciones tiene?
El estado tiene como fin el cumplimiento de diversas funciones por ejemplo salud, educación, justicia, seguridad entre otras. Preocuparse  por la seguridad de todos nosotros es una obligación del estado se deben tomar las medidas para ejercer con absoluta plenitud y responsabilidad  la defensa y el cuidado de la gente es decir del cuidado de a pie.
Redistribución del ingreso: El estado recauda rentas o fondos a través de los impuestos, las tasas y los tributos. Invierte estas recaudaciones por lo tanto tienen derecho a conocer el manejo de los bienes estatales.
Administración de los recursos: los ciudadanos son los que sostienen los recursos del estado atreves de las contribuciones por lo tanto tienen derechos a conocer el manejo de los bienes estatales.
Búsqueda del bien común. La brusquedad del bien común en una función ética del estado. El bien común  hace referencia a todo aquello que contribuye a fortalecer la dimensión trascedente de la persona.
El estado que no cumple sus funciones viola los derechos humanos: los estados están obligados a  respetar, cumplir  y garantizar los derechos humanos .pero también pueden  violarlos de forma directa o indirecta.
Estado y sociedad  civil: contiene todas las actividades, asociaciones y organizaciones que las personas emprendan voluntariamente en la sociedad por ejemplo asociaciones de  productores, organizaciones no gubernamentales, campesinas, etc.

En la última semana se ha suscitado un conflicto de competencias entre dos Poderes del Estado; El Ejecutivo y El Judicial.  El Poder Ejecutivo representado por el Ministerio de justicia (a su vez representado por su Procurador Público) presenta ante el Tribunal Constitucional del Perú una demanda por Conflicto de Competencias contra el Poder Judicial, alegando que este último  se ha excedido en sus competencias, al haber emitido una resolución administrativa y al haberse emitido también una resolución judicial que vulneraría la competencia del Poder Ejecutivo (Ministerio de Economía).
Para poder entender a plenitud esta controversia jurídica es preciso  recordar ciertos detalles respecto al  Proceso Compentencial.La ley Orgánica del Poder Judicial, en su capítulo II(respecto a los derechos de los Magistrados) señala en su artículo 186° numeral 5), se establece la nivelación de los haberes de los magistrados de primera nominación, magistrados especializados y Vocales Superiores  en relación a los haberes de los Vocales Supremos. Es decir, un Juez de Paz Letrado debería percibir el 70% del haber de un Vocal Supremo, un Juez Especializado o Mixto debería percibir el 80% y un Vocal Superior debería percibir el 90% del total del haber del un Vocal Supremo. Respecto al inciso c), la Ley orgánica establece que los Magistrados titulares perciben 16 haberes mensuales al año. Luego de un tiempo de no haberse cumplido con lo señalado en la propia Ley Orgánica, un gremio de jueces interpuso una demanda de cumplimiento contra el Poder Judicial en busca que se cumpla con el pago señalado en la ley orgánica. El proceso de cumplimiento (Expediente N° 6582-2009) iniciado por el gremio de magistrados concluyó con una sentencia favorable, ordenándose al Quinto Juzgado Especializado Constitucional de Lima llevar a cabo la ejecución de la sentencia, en consecuencia, el Juzgado(Mediante Res. N° 43) cumplió con requerir al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el cumplimiento de la sentencia(en otras palabras el pago de lo adeudado).
En fiel al cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Constitucional, se aprobó mediante acuerdo 1052-2012 la Resolución Administrativa N° 235-2012 que resuelve nivelar las remuneraciones de los magistrados en mención, y además se requiere al Ministerio de Economía y Finanzas para que proceda a asignar y transferir los recursos adicionales del Tesoro Público para el cumplimiento efectivo de las escalas remunerativas fijadas en dicha Resolución Administrativa.
Es así, que el Poder Ejecutivo, ha encargado al titular de Justicia presentar una demanda de conflicto de competencias, alegando que el Poder Judicial se habría excedido de sus atribuciones al emitir la Resolución Administrativa 235-2012 y al haberse requerido al Ministerio de Economía y Finanzas el pago de los resuelto en la sentencia.
No obstante ello, y la cereza del pastel, el mismo Poder Ejecutivo ha solicitado una medida Cautelar, teniendo como pretensión principal, se deje sine efecto lo resuelto en un Proceso de Cumplimiento(Mediante un Proceso Competencial) y se deje sin efecto la Resolución Administrativa emitida por el Poder Judicial. Al día de hoy, El Tribunal Constitucional, ha concedido la Medida Cautelar, dejando sin efecto una resolución que tiene la calidad de Cosa juzgada, lo cual crea un precedente peligroso en adelante cuando se quiera cuestionar una resolución judicial.
Hay   tres poderes del estado:
El poder ejecutivo es el responsable de la gestión diaria del estado
El poder legislativo radica en la facultad de desarrollar   y modificar las leyes
El poder judicial es un poder del estado encargado de impartir justicia
Las funciones del estado son similares en los diferentes países ante  tan preocupante situación es imprescindible que se actué y se lleven adelante acciones apropiadas para intentar solucionar una situación una persona asume como ciudadano responsable el compromiso de velar por la gestión y el funcionamiento del estado.
¿Consideras correcto que los jueces asistan al congreso para dar explicaciones de sus sentencias?
El congreso tiene derecho de investigar cualquier tema, sin embargo, los jueces no pueden ser citados a dar explicaciones sobre los fallos que han dictado. Quien exija una aclaración o explicación a cualquier juez está cometiendo un acto inconstitucional.
¿Cómo resolver el conflicto surgido entre el poder legislativo o judicial?
La nación peruana (peruanos) jurídicamente organizada, es la entidad que ejerce el gobierno en la república del Perú, su estructura del estado está definida en la constitución política del Perú. El Perú es democrático, social, independiente y soberano, su gobierno es unitario, representativo y descentralizado y se organiza según el principio de la separación de poderes. Según la constitución política del Perú, el estado peruano se encuentra organizado en tres poderes autónomos" ejecutivo, legislativo y judicial, cada uno tiene una organización y atribuciones específicas. Lo considero correcto porque los jueces están organizados por el poder judicial y cada poder son autónomos e independientes los cuales han sido establecido de acuerdo a la constitución de cada uno tiene una organización y atribuciones especificas pero están integrados en un estado único, los jueces deben solucionar los problemas del ciudadano en su organización y dar solución a sus problemas según el grado de la que se encuentra. Pará resolver conflictos en cada poderes deben solucionarlos con la organización de cada poder. El poder legislativo" Está conformado por el 'congreso, los congresistas son elegidos de acuerdo a la cantidad de votos y funciona con el congreso de la república conformada por una sola cámara, con miembros congresistas, elegidos por sufragio directo. El poder legislativo de leyes y soluciones, vela por el respeto de la constitución y de las leyes, aprueba los tratados, el presupuesto y la cuenta general, autoriza préstamos. Ejerce el derecho de amnistía, autorizar al presidente de la república para salir del país, el poder legislativo vela por los intereses del pueblo, trata de dar soluciona todos los problemas por el bien del pueblo peruano, cada poder debe resolver los conflictos que se presentan en su momento. El poder judicial" Es administrar justicia a través de sus órganos jurisdiccionales, con arreglo a la constitución y a las leyes, garantizando la seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional, para contribuir al estado de derecho, al mantenimiento de la paz social y el desarrollo nacional. Cada poder tiene una organización bien establecida donde pueden contribuir a solucionar todos los problemas que se presentan, el poder judicial está encabezado por la corte suprema de la república, el segundo nivel jerárquico lo forma las cortes superiores, el tercer nivel está formado por los juzgados de primera instancia, finalmente se encuentra el juzgado de paz. Todo está organizado para administrar justicia, en su ejercicio funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico, disciplinario e independiente este en lo jurisdiccional. El poder judicial está de acuerdo a la constitución y las leyes, está encargada de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos que son los juzgados de paz no letrados, los juzgados de paz letrados, las cortes superiores y la corte suprema de justicia de la república.


domingo, 18 de noviembre de 2018


PERUANOS!!!

Hoy hablaremos sobre los conflictos entre el poder legislativo y el poder ejecutivo. Durante mucho tiempo esos conflictos no existieron por el simple hecho de que uno de esos poderes arrollaba completamente al otro: eran los tiempos del presidencialismo peruano, caracterizado por el predominio del poder ejecutivo no solamente sobre los legisladores, sino también sobre todo el sistema político y el orden corporativo que creció bajo su sombra.

Los conflictos entre el poder judicial y el poder legislativo han ido ocasionando una problemática en el ámbito político, ya que cada poder piensa que lo que hizo estuvo bien. La problemática de estos ambos poderes se dieron a causa que el poder judicial manifestó que el poder legislativo se impuso sobre las funciones del poder judicial en asuntos que no les compete y consideran fue inconstitucional como se dio en el caso de Ancash, donde el poder legislativo citó al poder judicial al congreso para dar explicaciones de sus sentencias ,el presidente del poder judicial Enrique Mendoza aclaró: que los jueces no podemos ser citados al congreso para dar explicaciones sobre los fallos porque se considera inconstitucional ,lo cual está amparada por el anexo N°3 de la ley orgánica del poder judicial en el artículo.

N° 2 donde se manifiesta que:

art.2: El poder judicial en su ejercicio funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico, disciplinario e independiente en lo jurisdiccional con sujeción a la constitución y a la presente ley.
art. 16: Los magistrados son independientes en su actuación jurisdiccional dentro de su competencia. Ninguna autoridad, ni siquiera los magistrados de instancia superior puede interferir en su actuación. Están obligados a preservar esta garantía, con responsabilidad pudiendo dirigirse al ministerio público, con conocimiento del consejo ejecutivo del poder judicial, sin perjuicio de ejercer directamente los derechos que les faculta la ley.


                                
Por otro lado, el poder legislativo en su defensa sostiene que: el congreso no afecta en su anotomía del poder judicial. El presidente de la comisión Ancash rechazó que el congreso no afecta la autonomía del poder judicial porque, aseguró, que están investigando la actuación de los jueces que dieron resoluciones permitiendo que cooperativas, no reconocidas por la SBS, respalden a contratistas que ocasionaron perjuicios económicos al estado. Agrego que la decisión del grupo parlamentario está respaldada por el art.88 del reglamento del congreso:

art.88: El congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público o promoviendo un procedimiento de investigación que garantice el esclarecimiento de los hechos y la formulación de conclusiones y recomendaciones orientadas a corregir normas y políticas, sancionar las conductas de quienes resulten responsables.

La posible solución ante este problema es que intervenga el tribunal constitucional, ya que es un órgano autónomo e independiente que se encarga del control de la Constitución Política del Perú, ejerciendo y ejecutando las leyes de acuerdo a su competencia que le corresponde teniendo como las garantías constitucionales como:

v  -Hábeas  Data.
v  Hábeas  Corpus .
v  Acción de Amparo.
v  Acción Popular.

En conclusión, yo no considero correcto porque los jueces están organizados por el poder judicial y cada poder son autónomos e independientes los cuales han sido establecido de acuerdo a la constitución de cada uno tiene una organización y atribuciones específicas, pero están integrados en un estado único, los jueces deben solucionar los problemas del ciudadano en su organización y dar solución a sus problemas según el grado de la situación en que se encuentra. Para resolver conflictos en cada poder deben solucionarlos con la organización de cada poder.

¿Considera correcto que los jueces asistan al congreso para dar explicaciones de sus sentencias?

El Congreso tiene derecho de investigar cualquier tema, sin embargo, los jueces no pueden ser citados a dar explicaciones sobre los fallos que han dictado. Quien exija una aclaración o explicación a cualquier juez está cometiendo un acto inconstitucional, El inciso 2 del artículo 139 de la Constitución prevé el denominado principio de independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional. En dicho precepto se reconoce que “ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones”. Y, aunque el mismo apartado reconoce que estas disposiciones no afectan la facultad de investigación del Congreso, sin embargo, igualmente se precisa que el control parlamentario no debe “interferir en el procedimiento jurisdiccional ni surte efecto jurisdiccional alguno.

¿Cómo resolver el conflicto surgido entre el poder Legislativo y Judicial?

Considero que cada constitución de cada país debe tener mecanismos que sirvan parar resolver posibles disputas entre poderes, con el apoyo del resto de los poderes, todo acto ha de estar regulado por la ley y sus disposiciones; mientras la misma sea cumplida de forma correcta no deberían surgir conflictos, ese es el pilar fundamental de la república.





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